Personas Orientadoras Comunitarias
Las Personas Orientadoras Comunitarias (POC's)
Son promotoras voluntarias institucionales comunitarias de la igualdad sustantiva, prevención y erradicación de la violencia por razones de género.
- Integrantes de la comunidad universitaria
- Son los primeros contactos para canalizar casos de violencia de género.
- Constituyen un puente de comunicación directa con sus comunidades.
- Son sensibilizadas y capacitadas en temas de violencias de género, primer contacto y procedimientos jurídicos universitarios, por parte de la Coordinación para la Igualdad de Género (CIGU)
- Son personas universitarias con perspectiva de género y están atentas al tema de la igualdad de género en la UNAM.
- Estarán vinculadas o podrán formar parte de las respectivas CInIGs
Actualmente, la Persona Orientadora Comunitaria del Instituto de ingeniería (campus Ciudad Universitaria) es
Sonia Rosa Briceño Viloria
POiiunam@iingen.unam.mx
Las Personas Orientadoras Comunitarias
- Aclaran que la función de las POC ́s es ser el primer contacto, por lo que corresponderá informar y canalizar de manera oportuna.
- Brindan información sobre las rutas de atención de la Defensoría o la Oficina Jurídica del Plantel, para presentar una queja.
- Canalizan de inmediato a quienes les indiquen una situación de VG.
- Una vez identificada una persona en situación de víctima, hacen el primer contacto y canalizan inmediatamente para no crear intermediación entre la persona y el dispositivo de presentación de la queja.
- Realizan una escucha activa y empática ante la situación manifestada.
- Deben estar informadas de que existen los procedimientos disciplinarios o de investigación administrativa y alternativos. Sin embargo, saben que estos procedimientos serán explicados por abogadxs de la Defensoría, por lo que las dudas que tengan, deberán ser planteadas ante los abogadxs.
- Indican que lxs abogadxs de la Defensoría les proporcionarán asesoría jurídica sobre los procedimientos externos a la Universidad cuando sea procedente.
- Deben informarles que los procedimientos disciplinarios y de investigación administrativa y las sanciones se encuentran establecidas en el estatuto general y contratos colectivos de trabajo. Lxs abogadxs de la Defensoría y la Oficina Jurídica del Plantel les indicarán cuáles son.
- Informan a las personas en situación de víctima que el trámite de las quejas, y el seguimiento de las mismas, serán tratadas directamente con la Defensoría, de conformidad con el principio de confidencialidad.
- En el supuesto de que las personas en situación de víctima soliciten que la POC ́s las acompañen en el procedimiento y trámite de la queja, será únicamente como observadora.
- Manejan la información con suma discreción para evitar poner en riesgo a la persona en situación de víctima.
Conoce la ruta de atención para quejas por violencia de género https://coordinaciongenero.unam.mx/avada_portfolio/ruta-atencion-violencia-genero/
Para más información: https://coordinaciongenero.unam.mx/personas-orientadoras-comunitarias/
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